Por irregularidades y opacidad de Francisco Romero al frente de la ASE presentan 76 denuncias y 14 procedimientos ante el Itaipue

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Desde que Francisco Romero Serrano arribó a la titularidad de la Auditoría Superior del Estado (ASE), el órgano fiscalizador se ha visto envuelto en múltiples escándalos, sobre todo de transparencia, algunos de ellos, registrados en notas periodísticas.

Incluso, el Congreso del Estado de Puebla lo llamó a comparecer para que explicara un total de 18 contratos equivalentes a más de 3.7 millones de pesos, los cuales han sido mediante adjudicaciones irregulares y con sobreprecio, de acuerdo con lo documentado.

Dicha comparecencia fue promovida por el diputado panista Oswaldo Jiménez, sin embargo, pese a la “urgencia” con la que se trató en su momento el tema -pues le dieron 3 días para presentarse a la “mesa de trabajo”- ya no se mencionó nada.

Incluso, la diputada Lucía Romero defendió en todo momento al auditor Superior del Estado, sin embargo, de la nada, se abandonó ese tema.

Uno de los contratos por los que Francisco Romero fue fuertemente criticado es en el que pagó para el diseño del logotipo de la ASE, con el número: CIR/005/DIC/DGA2019, el cual fue firmado el 13 de diciembre y mantuvo una vigencia hasta el día 20 del mismo mes, a favor de la empresa Hastings Soluciones, S. A. de C. V., por un monto total de 107 mil pesos.

Además, en la consulta de dicho contrato, se exhibe que fue firmado con una empresa cuyo domicilio particular lo registra al interior de un fraccionamiento privado en un domicilio particular.

De igual forma, está otro contrato por casi un millón de pesos por el concepto de “Servicio para la elaboración de evaluación del diseño e implementación de control interno”, a favor de la empresa Lleida Administradora de Negocios, S. A. de C. V., el cual comprometía a pagar a la ASE un total de 197 mil 200 pesos mensuales desde su elaboración (marzo) hasta julio de este 2020.

Los servicios contemplaban la evaluación del diseño e implementación de control interno (diagnóstico), las guías de control interno, documentos requeridos de acuerdo con el Marco Integrado de Control Interno (M.I.C.I.) de conformidad con el Sistema Nacional de Fiscalización, la actualización del Reglamento Interior, la Actualización del Manual de Organización y la Actualización del Manual de Procedimientos.

Dicho contrato, además, excede los montos máximos para una adjudicación directa, en contrataciones de dependencias públicas, no obstante, utiliza la misma Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal del Estado de Puebla en su beneficio para poder cuadrar dicho contrato.

 

DENUNCIAS POR OPACIDAD Y PROCEDIMIENTOS POR VERIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES

La ASE, representada por Francisco Romero, ha sido denunciada por falta de transparencia en más contratos, además de que se le han iniciado diversos procedimientos por verificación de datos en los contratos, los cuales deberían ser protegidos por ser de carácter personal.

Mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) se registra una larga serie de denuncias por los motivos antes mencionados, las cuales se desglosan a continuación.

Un total de 16 denuncias son por incumplimiento de las obligaciones de Transparencia, previstas en el Artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, específicamente en la Fracción XI del cuarto trimestre de 2019.

Se suman 5 denuncias por incumplimiento de las obligaciones de Transparencia previstas en el Artículo 77 de la misma ley, en su Fracción XXVIII-A del cuarto trimestre de 2019.

Otras 41 denuncias por incumplimiento de las obligaciones de Transparencia, del mismo Artículo 77 de dicha ley, Fracción XXVIII-B, del cuarto trimestre de 2019.

A lo anterior se añaden 4 denuncias por incumplimiento de las obligaciones de Transparencia, según el Artículo 77, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, en su Fracción XXXIX-A del segundo semestre de 2019.

Finalmente, se tiene el registro de 10 denuncias más por incumplimiento de las obligaciones de Transparencia, de acuerdo al Artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, específicamente en la fracción XXXIX-B, del segundo semestre de 2019.

Los motivos de las anteriores denuncias hablan de una carencia de voluntad del Sujeto Obligado para llevarlo a cabo, al faltar las firmas de conformidad, además de la incertidumbre sobre si estos recursos estipulados en dichos contratos fueron destinados a lo estipulado en los contratos, ya que no son el documento que acredite la acción, sino un documento elaborado con la finalidad de no hacer la versión pública de dichos contratos, pues el área de la ASE no sabe hacer versiones públicas o la misma ASE instruyó no publicar los contratos, lo que tiene como consecuencia que violen el derecho ciudadano de acceso a la información previsto en el Artículo 6° constitucional.

Cierto es que la firma es un dato personal confidencial, empero, no es así cuando es aplicada por un servidor público al momento de emitir un acto como autoridad, en ese caso, dicha firma pasa a ser pública, por lo que debería aparecer en los contratos emitidos por la ASE, lo anterior con fundamento en el Criterio 02/2019 emitido por el INAI.

Sin embargo, la carencia de firma no es la única inconsistencia de transparencia, ya que no se encuentran otros datos que deberían estar presentes en la versión pública de los contratos, de acuerdo a los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título V y en la Fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tales como la fundamentación, motivación, el testeo y, sobre todo, la resolución de parte del Comité de Transparencia en lo referente a la versión pública de los contratos.

MAL USO DE DATOS PERSONALES

Aunado a lo anterior, se han presentado un total de 14 solicitudes de procedimientos de verificación ante el Itaipue en contra de la ASE por no proteger los datos personales de personas físicas, tales como el RFC, domicilios fiscales, número telefónico, así como el correo electrónico del representante legal y de los proveedores, número de cuenta y clave interbancaria.

Es por ello que se ha solicitado al Itaipue que, en su atribución de vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Puebla, inicie con los procedimientos de verificación de dichos datos, que deben ser protegidos.

Origen: Por irregularidades y opacidad de Francisco Romero al frente de la ASE presentan 76 denuncias y 14 procedimientos ante el Itaipue

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